Decreto Nº 3.487 de fecha 22 de junio de 2018, mediante el cual se nombra al ciudadano Ramón Celestino Velásquez Araguayán, como Presidente de la Sociedad Mercantil Consorcio Venezolano de Industrias Aeronáuticas y Servicios Aéreos, S.A., (CONVIASA), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.385 Extraordinario de esa misma fecha.
Decreto Nº 3.487 22 de junio de 2018
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4°, 18, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y de acuerdo a lo previsto en la Cláusula Décima Octava de los Estatutos Sociales de la sociedad mercantil Consorcio Venezolano de Industrias Aeronáuticas y Servicios Aéreos, S.A. (CONVIASA).
DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
Vicepresidenta Ejecutiva de la República
Por delegación del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros, según Decreto N° 3.482 de fecha 21 de junio de 2018, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.384 Extraordinario, de fecha 21 de junio de 2018.
DECRETA
Artículo 1°. Nombro al ciudadano RAMÓN CELESTINO VELÁSQUEZ ARAGUAYÁN, titular de la cédula de identidad Nº V-11.448.109, como PRESIDENTE de la Sociedad Mercantil CONSORCIO VENEZOLANO DE INDUSTRIAS AERONÁUTICAS Y SERVICIOS AÉREOS, S.A. (CONVIASA), Empresa del Estado adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Transporte, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2°. Delego en el Ministro del Poder Popular para el Transporte, la juramentación del referido ciudadano.
Artículo 3°. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los veintidós días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
Vicepresidenta Ejecutiva
Refrendado
El Ministro del Poder Popular para el Transporte, HIPÓLITO ANTONIO ABREU PÁEZ
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