En la Gaceta Oficial N° 40.769 de fecha 19 de octubre de 2015, fue publicado el Decreto N° 2.056 de esa misma fecha, mediante el cual se fija el salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores y las trabajadoras que participan en el proceso social de trabajo desde las entidades de trabajo públicas y privadas, a partir del 1 de noviembre de 2.015, en NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (Bs. 9.648,18} mensuales.
Legislación relacionada:
Decreto N° 1.737 del 1° de mayo de 2015, mediante el cual se fija un aumento del salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores y trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, del veinte por ciento (20%) a partir del 1º de mayo de 2015 y diez por ciento (10%) a partir del 1º de julio de 2015, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.181 Extraordinario de fecha 8 de mayo de 2015.
Decreto N° 1.599, mediante el cual se fija un aumento del quince por ciento (15%) del salario mínimo nacional mensual, obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela para los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado publicado en la Gaceta Oficial N° 40.597 de fecha 6 de febrero de 2015.
(para mayor información consulte la Legislación Laboral)
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