Resolución N° DG 27386 de fecha 25 de junio de 2004 que autoriza el funcionamiento de Cooperativas de Seguridad con Reservistas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.973 de fecha 6 de julio de 2004.
☑Vigente ☞FICHA TÉCNICA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE LA DEFENSA DIRECCIÓN GENERAL
Caracas, 25 JUN 2004 194° y 145° N° DG 27386
RESOLUCIÓN
Por disposición del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 62 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales y 76 numeral 12° de la ley Orgánica de la Administración Pública, se autoriza la creación, activación y funcionamiento de Empresas Asociativas de Carácter Civil o Cooperativas, exclusivamente para el personal de RESERVISTAS de la Fuerza Armada Nacional debidamente registrados, las cuales deberán ser constituidas de acuerdo con las formalidades legales vigentes, con el objeto de ofrecer Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada de Instituciones, Empresas y Organismos del sector público y privado, con el armamento que corresponde a este tipo de actividad.
Comuníquese y Publíquese.
Por el Ejecutivo Nacional
JORGE LUIS GARCIA CARNEIROMinistro de la Defensa
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Resolución N° DG 27386 de fecha 25 de junio de 2004 que autoriza el funcionamiento de Cooperativas de Seguridad con Reservistas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.973 de fecha 6 de julio de 2004.
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Caracas, 25 JUN 2004 194° y 145° N° DG 27386
RESOLUCIÓN
Por disposición del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 62 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales y 76 numeral 12° de la ley Orgánica de la Administración Pública, se autoriza la creación, activación y funcionamiento de Empresas Asociativas de Carácter Civil o Cooperativas, exclusivamente para el personal de RESERVISTAS de la Fuerza Armada Nacional debidamente registrados, las cuales deberán ser constituidas de acuerdo con las formalidades legales vigentes, con el objeto de ofrecer Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada de Instituciones, Empresas y Organismos del sector público y privado, con el armamento que corresponde a este tipo de actividad.
Comuníquese y Publíquese.
Por el Ejecutivo Nacional
JORGE LUIS GARCIA CARNEIROMinistro de la Defensa
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Caracas, 25 JUN 2004 194° y 145° N° DG 27386
RESOLUCIÓN
Por disposición del ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 62 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas Nacionales y 76 numeral 12° de la ley Orgánica de la Administración Pública, se autoriza la creación, activación y funcionamiento de Empresas Asociativas de Carácter Civil o Cooperativas, exclusivamente para el personal de RESERVISTAS de la Fuerza Armada Nacional debidamente registrados, las cuales deberán ser constituidas de acuerdo con las formalidades legales vigentes, con el objeto de ofrecer Servicios de Seguridad y Vigilancia Privada de Instituciones, Empresas y Organismos del sector público y privado, con el armamento que corresponde a este tipo de actividad.
Comuníquese y Publíquese.
Por el Ejecutivo Nacional
JORGE LUIS GARCIA CARNEIROMinistro de la Defensa
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