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Normas sobre Perfeccionamiento del Sistema de Ingreso a la Educación Universitaria [Vigente]

Acuerdo Nº 113 de fecha 18 de diciembre de 2014, mediante el cual se dictan las Normas sobre Perfeccionamiento del Sistema de Ingreso a la Educación Universitaria, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.660 de fecha 14 de mayo de 2015.
 Vigente  FICHA TÉCNICA


 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

SECRETARIADO PERMANENTE 

N° 113

Caracas, 18 de diciembre de 2014
Años 204°, 155º y 15°

El Consejo Nacional de Universidades, en sesión ordinaria del 16 de diciembre de 2014, de conformidad con los artículos 102 y 103 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de la Resolución No. 006 de fecha 06 de marzo de 2008, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 38.896 de fecha 26 de marzo de 2008.

ACUERDA

Normas sobre Perfeccionamiento del Sistema de Ingreso a la Educación Universitaria.


Para el primer CNU del 20 de enero de 2015, los Rectores deberán consignar la información de cuántos cupos tienen disponibles (la totalidad del ingreso en cada carrera para todo el período 2015), entendido además como un año fiscal, desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre de 2015; cuántas veces, por la dinámica propia de cada universidad, abrirá ingreso a estudiantes y cuántos en cada carrera de manera universal. De igual modo la información deberá contener el número de cupos que tengan comprometidos por convenios que puedan fundamentar (intercambios deportivos, intercambios culturales, internacionales, gremiales), lo que permitirá determinar el universo completo que tiene el sistema de la educación universitaria venezolana y cuáles son los compromisos que la universidad venezolana históricamente ha convenido o contraído con distintas realidades, todo ello para respetar estrictamente dichos convenios.


Con respecto al mandato de perfeccionamiento del sistema de ingreso, se sometió a consideración del Cuerpo, modificar las dos (2) variables del actual sistema de ingreso a cuatro variables, visibles y expresas:

La Primera Variable, consideración del índice académico con un peso de cincuenta por ciento (50%), en las notas de 1º a 4º año. 

La Segunda Variable, consideración de las condiciones socio-económicas, para favorecer a los que menos tienen, para decirlo en forma clara y expresa. Tendrán un peso del treinta por ciento (30%) de índice.

La Tercera variable, es la correspondiente a la territorialización; tendrá un peso del quince por ciento (15%) entendiendo que lo que se persigue es evitar el desarraigo y disminuir los costos en que incurre la familia venezolana.

La cuarta y última variable, corresponde a la participación del estudiante en actividades que trascienden a lo individual y que demuestren su participación en actividades con su comunidad, con su liceo, con la sociedad y su entorno, ésta última variable tendrá un peso del cinco por ciento (5%).

Comuníquese y Publíquese,

MANUEL A. Fernández M.
Presidente del Consejo Nacional de Universidades

ASALIA R. VENEGAS S.
Secretaria Permanente





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