Resolución Nº 017 de fecha 31 de julio de 2018, mediante la cual se crea la Vicepresidencia de Planificación Estratégica y Comercialización de la Corporación Venezolana de Guayana, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.450 de esa misma fecha.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE INDUSTRIAS Y PRODUCCIÓN NACIONAL
DESPACHO DEL MINISTRO
Caracas, 31 Jul 2018
208°, 159° y 19°
RESOLUCIÓN N° 017
TARECK EL AISSAMI
Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 78 numerales 2, 3, 4, 9 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública y de conformidad con el artículo 2 numerales 1, 2, 3, 6 y 8 del Decreto N° 3.519 de fecha 6 de julio de 2018, publicado en la Gaceta Olida! de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.434 de la misma fecha, en concordancia con los numerales 2, 4, 6 del artículo 12 de la Ley de Reforma Parcial del Estatuto Orgánico del Desarrollo de Guayana,
CONSIDERANDO
CONSIDERANDO
RESUELVE
ARTÍCULO 2. La Vicepresidencia de Planificación Estratégica y Comercialización, estará a cargo de un Vicepresidente se apoyará en un Comité de Régimen Especial, integrado por cinco (5) miembros principales con sus respectivos suplentes: dos (2) representantes de la Industria del hierro, acero, aluminio y y sus actividades conexas; uno (1) de los trabajadores; uno (1) de Corporación Venezolana de Guayana, como casa matriz, que es el Vicepresidente del Área, quien presidirá el referido Comité y un Secretario, este último con derecho a voz pero no a voto, todos designados por el presidente de la Corporación Venezolana de Guayana.
ARTÍCULO 3. El Presidente de la Corporación Venezolana de Guayana, dictará la normativa especial para el funcionamiento y estructura de la Vicepresidencia de Planificación Estratégica y Comercialización y del Comité, tendiente a simplificar los trámites administrativos Internos establecidos, reestructurando los niveles de aprobación, modificando y/o actualizando el registro de clientes nacionales internacionales, con el objeto de optimizar los procesos a los fines del mejoramiento de las actividades de comercialización de la industria del hierro, acero, aluminio y sus actividades conexas.
ARTÍCULO 4. En virtud de lo dispuesto en este Resolución, se ordena efectuar las modificaciones presupuestarias y de la estructura que correspondan para garantizar la continuidad operativa de la Corporación Venezolana de Guayana.
ARTÍCULO 5. Los acuerdos, convenios y alianzas estratégicas en materia de comercialización, suscritas con anterioridad a la entrada en vigencia de esta Resolución, se mantendrán en ejecución, sin perjuicio de que la Vicepresidencia de Planificación Estratégica y Comercialización, estime que el producto o subproducto objeto de la negociación deba ser revisado y tramitado a través de la misma.
ARTÍCULO 6. A los fines del control y seguimiento de los procesos de comercialización a que se refiere esta Resolución, el Presidente de la Corporación Venezolana de Guayana, remitirá informes trimestrales al Ministerio de adscripción.
ARTÍCULO 7. El Presidente de la Corporación Venezolana de Guayana, quedará encargado de la ejecución de esta Resolución.
ARTÍCULO 8. La vigencia de esta Resolución será a partir de su publicación en la Gacela Oficial de la República Bolivariana de Venezuela hasta el 31 de diciembre de 2018, prorrogable por un (1) año.
Notifíquese y publíquese,
TARECK EL AISSAMI
Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional
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