La Contraloría General de la República procedió a adecuar el “Sistema de Registro de Órganos y Entes del Sector Público” mediante la Resolución N° 01-00-000159 de fecha 23 de febrero de 2016, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.905 de fecha 17 de mayo de 2016.
Esta Resolución tiene por objeto mantener un registro actualizado de la Información de los funcionarios, empleados públicos y obreros. Para ello, los responsables del área de recursos humanos están en la obligación de incorporar en el “Sistema de Registro de Órganos y Entes del Sector Público”, la Información relativa a los movimientos de ingreso y cese de personal, dentro del lapso de cinco (5) días hábiles a que éstos se produzcan, aun cuando se encuentren en comisión de servicio. Igualmente deberán incorporar a la Máxima Autoridad, personal de alto nivel y de confianza, obligados a presentar la actualización de la declaración Jurada de patrimonio.
Dispone además que Los funcionarios o empleados públicos indicados en el artículo 3 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra la Corrupción, los obreros al servicio del Estado, los integrantes de la unidad de gestión financiera de los consejos comunales, las directivas de las organizaciones sindicales y el Consejo de Administración de las cajas de ahorro deberán presentar su declaración jurada de patrimonio, a través del “Sistema para la Presentación de la Declaración Jurada de Patrimonio en Formato Electrónico”, en las oportunidades que corresponda, de conformidad con lo establecido en esa Resolución. Aquí para consultar el texto íntegro de la Resolución.