Decreto N° 2.361 de fecha 27 de junio de 2016, mediante el cual se nombra al ciudadano Leonardo Alfredo Bello Ortega, como Presidente con Rango de Director General(*) del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.233 Extraordinario de esa misma fecha.
Decreto Nº 2.361 27 de junio de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4º, 18, 19 y 20 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro al ciudadano LEONARDO ALFREDO BELLO ORTEGA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.515.621, como PRESIDENTE CON RANGO DE DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE LA PATRIA (CESPPA), en calidad de encargado, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2º. Delego en el Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, la juramentación del referido ciudadano.
Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil dieciséis. Años 206º de la Independencia, 157º de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros, ARISTÓBULO IZTÚRIZ ALMEIDA
El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, JESÚS RAFAEL SALAZAR VELÁSQUEZ
(*) En propiedad, la denominación de dicho cargo, no solamente su rango, es la de Director General, de conformidad a lo establecido en el artículo 5° del Decreto N° 458 de fecha 7 de octubre de 2013, mediante el cual se ordena la creación del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.266 de fecha 7 de octubre de 2016, reimpreso por fallas en los originales en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.279 de fecha 14 de octubre de 2016, en concordancia con el artículo 2 de la Resolución N° 007-14 de fecha 29 de enero de 2014, mediante la cual se dictó el Reglamento Interno del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.355 de fecha 13 de febrero de 2014.
Decreto N° 2.361 de fecha 27 de junio de 2016, mediante el cual se nombra al ciudadano Leonardo Alfredo Bello Ortega, como Presidente con Rango de Director General(*) del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.233 Extraordinario de esa misma fecha.
Decreto Nº 2.361 27 de junio de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4º, 18, 19 y 20 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro al ciudadano LEONARDO ALFREDO BELLO ORTEGA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.515.621, como PRESIDENTE CON RANGO DE DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE LA PATRIA (CESPPA), en calidad de encargado, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2º. Delego en el Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, la juramentación del referido ciudadano.
Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil dieciséis. Años 206º de la Independencia, 157º de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros, ARISTÓBULO IZTÚRIZ ALMEIDA
El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, JESÚS RAFAEL SALAZAR VELÁSQUEZ
(*) En propiedad, la denominación de dicho cargo, no solamente su rango, es la de Director General, de conformidad a lo establecido en el artículo 5° del Decreto N° 458 de fecha 7 de octubre de 2013, mediante el cual se ordena la creación del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.266 de fecha 7 de octubre de 2016, reimpreso por fallas en los originales en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.279 de fecha 14 de octubre de 2016, en concordancia con el artículo 2 de la Resolución N° 007-14 de fecha 29 de enero de 2014, mediante la cual se dictó el Reglamento Interno del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.355 de fecha 13 de febrero de 2014.
Decreto Nº 2.361 27 de junio de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4º, 18, 19 y 20 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro al ciudadano LEONARDO ALFREDO BELLO ORTEGA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.515.621, como PRESIDENTE CON RANGO DE DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE LA PATRIA (CESPPA), en calidad de encargado, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2º. Delego en el Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, la juramentación del referido ciudadano.
Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil dieciséis. Años 206º de la Independencia, 157º de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros, ARISTÓBULO IZTÚRIZ ALMEIDA
El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, JESÚS RAFAEL SALAZAR VELÁSQUEZ
(*) En propiedad, la denominación de dicho cargo, no solamente su rango, es la de Director General, de conformidad a lo establecido en el artículo 5° del Decreto N° 458 de fecha 7 de octubre de 2013, mediante el cual se ordena la creación del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.266 de fecha 7 de octubre de 2016, reimpreso por fallas en los originales en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.279 de fecha 14 de octubre de 2016, en concordancia con el artículo 2 de la Resolución N° 007-14 de fecha 29 de enero de 2014, mediante la cual se dictó el Reglamento Interno del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.355 de fecha 13 de febrero de 2014.
Decreto Nº 2.361 27 de junio de 2016
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4º, 18, 19 y 20 numeral 6 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro al ciudadano LEONARDO ALFREDO BELLO ORTEGA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.515.621, como PRESIDENTE CON RANGO DE DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO ESTRATÉGICO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE LA PATRIA (CESPPA), en calidad de encargado, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2º. Delego en el Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, la juramentación del referido ciudadano.
Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil dieciséis. Años 206º de la Independencia, 157º de la Federación y 17º de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
El Vicepresidente Ejecutivo de la República y Primer Vicepresidente del Consejo de Ministros, ARISTÓBULO IZTÚRIZ ALMEIDA
El Ministro del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno, JESÚS RAFAEL SALAZAR VELÁSQUEZ
(*) En propiedad, la denominación de dicho cargo, no solamente su rango, es la de Director General, de conformidad a lo establecido en el artículo 5° del Decreto N° 458 de fecha 7 de octubre de 2013, mediante el cual se ordena la creación del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.266 de fecha 7 de octubre de 2016, reimpreso por fallas en los originales en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.279 de fecha 14 de octubre de 2016, en concordancia con el artículo 2 de la Resolución N° 007-14 de fecha 29 de enero de 2014, mediante la cual se dictó el Reglamento Interno del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.355 de fecha 13 de febrero de 2014.
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