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Resolución que establece el curso de capacitación básico al que estarán sometidos los Vigilantes a ser dictado por el INCE [Vigente]

Resolución Nº 368 de fecha 5 de febrero de 1991, mediante la cual se establece el curso de capacitación básico al que estarán sometidos los Vigilantes a ser dictado por el INCE, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 34.651 de fecha 6 de febrero de 1991.
 Vigente  FICHA TÉCNICA


 

REPÚBLICA DE VENEZUELA
MINISTERIO DE RELACIONES INTERIORES
DESPACHO DEL MINISTRO

Nº 368
Caracas, 05 de febrero de 1991
180º y 131º

Por disposición del ciudadano Presidente de la República, de conformidad con los artículos 11 y 37 del Reglamento de los servicios Privados de Vigilancia, Protección e investigación:

Resuelve:



Articulo 1.- Las empresas de vigilancia y protección de propiedades y de custodia y traslado de valores, solo podrán contratar para la prestación de dichos servicios a quienes presenten el comprobante de aprobación del curso especial de vigilancia privada (formación básica) dictado por la Dirección General de Formación Profesional, del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) según convenio celebrado entre ese Organismo y el Ministerio de Relaciones Interiores; asimismo deberá exigirse a los interesados el correspondiente examen médico psíquico que compruebe que no están incapacitados para portar armas.

Articulo 2.- Las empresas en funcionamiento deberán en un lapso de noventa (90) días contados a partir de la fecha de la publicación de la presente resolución, inscribir a los vigilantes a su servicio en el curso señalado en el artículo anterior; cuya aprobación es requisito indispensable para que continúen en la empresa; asimismo deberán estos ser sometidos al señalado examen médico psíquico.

Comuníquese y publíquese,

ALEJANDRO IZAGUIRRE
Ministro de Relaciones interiores





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