Decreto Nº 1.192 de fecha 25 de agosto de 2014, mediante el cual se establece que la emisión, modificación, otorgamiento y revocación de Licencias de Importación, Certificados de No Producción Nacional (CNP) y Certificados de Insuficiencia de Producción (CIP), serán centralizados por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), y su autorización sólo podrá efectuarse previa aprobación del Vicepresidente Ejecutivo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.482 del 25 de agosto de 2014.
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Decreto Nº 1.192 de fecha 25 de agosto de 2014, mediante el cual se establece que la emisión, modificación, otorgamiento y revocación de Licencias de Importación, Certificados de No Producción Nacional (CNP) y Certificados de Insuficiencia de Producción (CIP), serán centralizados por el Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX), y su autorización sólo podrá efectuarse previa aprobación del Vicepresidente Ejecutivo, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.482 del 25 de agosto de 2014.
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