Subscribe Us

Providencia por la cual se dispone que las Cooperativas y los Organismos de Integración, deberán celebrar la Asamblea Anual de Asociados dentro de tres (3) meses siguientes a la terminación de su ejercicio económico [Derogada]

Providencia Administrativa Nº 186-7 de fecha 30 de mayo de 2007, por la cual se dispone que las Cooperativas y los Organismos de Integración, deberán celebrar la Asamblea Anual de Asociados dentro de tres (3) meses siguientes a la terminación de su ejercicio económico, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.718 de fecha 3 de julio de 2007.
 Derogada  FICHA TÉCNICA




Este documento se encuentra en proceso de transcripción...


Te sugerimos consultar el contenido en su versión original publicada en la Gaceta Oficial 







Visualiza la versión original publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 











El servicio de envío de los archivos de las Publicaciones Oficiales (Gaceta Oficial de la República, Gaceta Judicial, Gaceta Legislativa y Gaceta Electoral), está reservado exclusivamente a los Mecenas de Pandectas Digital, quienes gracias a su contribución, permiten que la visualización y consulta que estás haciendo de este documento sea de acceso público, libre y totalmente gratuita.

Te invitamos a que te conviertas tú también en Mecenas de este proyecto, y así podrás recibir en tu correo los archivos de las Publicaciones Oficiales que vayamos incorporando a nuestra compilación.

Visítanos en www.patreon.com/pandectasdigital para obtener toda la información sobre ésta y otras de las ventajas de convertirte en
Mecenas.



full-width