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Prohibición de carácter temporal para la comercialización al detal, almacenamiento, transporte, uso de artificios pirotécnicos y de artefactos de elevación por combustible sólido, así como los lineamientos generales que servirán de referencia para garantizar las medidas de seguridad necesarias

Prohibición de carácter temporal para la comercialización al detal, almacenamiento, transporte, uso de artificios pirotécnicos y de artefactos de elevación por combustible sólido, así como los lineamientos generales que servirán de referencia para garantizar las medidas de seguridad necesarias

Resolución Conjunta Nº 092 y 018749 de fecha 24 de abril de 2017, mediante la cual se establece una prohibición de carácter temporal para la comercialización al detal, almacenamiento, transporte, uso de artificios pirotécnicos y de artefactos de elevación por combustible sólido, así como los lineamientos generales que servirán de referencia para garantizar las medidas de seguridad necesarias, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.137 de fecha 25 de abril de 2017
[Estado: Vigente Temporalmente Ver Ficha Técnica] 


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A continuación, su versión original en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela:

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