Decreto Nº 3.473 de fecha 19 de junio de 2018, mediante el cual se nombra al ciudadano Juan Bautista Arias Palacio, como Viceministro para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.422 de esa misma fecha.
Decreto N° 3.473 19 de junio de 2018
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en los principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, en concordancia con los artículos 34, 46 y 69 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 4º, 18, 19 y el numeral 5 del artículo 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro al ciudadano JOSELIT RAMÍREZ CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° V- 17.664.322, como VICEMINISTRO DE DESARROLLO INDUSTRIAL del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 2°. Nombro al ciudadano PEDRO ROLANDO MALDONADO MARÍN, titular de la cédula de identidad N° V- 13.207.446, como VICEMINISTRO DE INDUSTRIAS BÁSICAS del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 3°. Nombro al ciudadano ANTONIO JOSÉ PÉREZ SUÁREZ, titular de la cédula de Identidad N° V- 12.389.887, como VICEMINISTRO DE INDUSTRIAS INTERMEDIAS Y LIGERAS del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 4°. Nombro al ciudadano XABIER FERNANDO LEÓN ANCHUSTEGUI, titular de la cédula de identidad N° V- 17.388.892, como VICEMINISTRO DE COMERCIO del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 5°. Nombro al ciudadano JUN BAUTISTA ARIAS PALACIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.296.593, como VICEMINISTRO PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 6°. Los funcionarios designados en los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º del presente Decreto, ejercerán las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 7º. Delego en el Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, la juramentación de los referidos ciudadanos.
Artículo 8º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
La Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Primera Vicepresidenta del Consejo de Ministros, DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
El Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional y Vicepresidente Sectorial de Economía, TARECK EL AISSAMI
☞Visualiza la versión original publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
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Decreto Nº 3.473 de fecha 19 de junio de 2018, mediante el cual se nombra al ciudadano Juan Bautista Arias Palacio, como Viceministro para el Desarrollo de las Zonas Económicas Especiales del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.422 de esa misma fecha.
Decreto N° 3.473 19 de junio de 2018
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en los principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, en concordancia con los artículos 34, 46 y 69 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 4º, 18, 19 y el numeral 5 del artículo 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro al ciudadano JOSELIT RAMÍREZ CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° V- 17.664.322, como VICEMINISTRO DE DESARROLLO INDUSTRIAL del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 2°. Nombro al ciudadano PEDRO ROLANDO MALDONADO MARÍN, titular de la cédula de identidad N° V- 13.207.446, como VICEMINISTRO DE INDUSTRIAS BÁSICAS del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 3°. Nombro al ciudadano ANTONIO JOSÉ PÉREZ SUÁREZ, titular de la cédula de Identidad N° V- 12.389.887, como VICEMINISTRO DE INDUSTRIAS INTERMEDIAS Y LIGERAS del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 4°. Nombro al ciudadano XABIER FERNANDO LEÓN ANCHUSTEGUI, titular de la cédula de identidad N° V- 17.388.892, como VICEMINISTRO DE COMERCIO del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 5°. Nombro al ciudadano JUN BAUTISTA ARIAS PALACIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.296.593, como VICEMINISTRO PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 6°. Los funcionarios designados en los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º del presente Decreto, ejercerán las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 7º. Delego en el Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, la juramentación de los referidos ciudadanos.
Artículo 8º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
La Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Primera Vicepresidenta del Consejo de Ministros, DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
El Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional y Vicepresidente Sectorial de Economía, TARECK EL AISSAMI
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NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en los principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, en concordancia con los artículos 34, 46 y 69 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 4º, 18, 19 y el numeral 5 del artículo 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro al ciudadano JOSELIT RAMÍREZ CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° V- 17.664.322, como VICEMINISTRO DE DESARROLLO INDUSTRIAL del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 2°. Nombro al ciudadano PEDRO ROLANDO MALDONADO MARÍN, titular de la cédula de identidad N° V- 13.207.446, como VICEMINISTRO DE INDUSTRIAS BÁSICAS del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 3°. Nombro al ciudadano ANTONIO JOSÉ PÉREZ SUÁREZ, titular de la cédula de Identidad N° V- 12.389.887, como VICEMINISTRO DE INDUSTRIAS INTERMEDIAS Y LIGERAS del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 4°. Nombro al ciudadano XABIER FERNANDO LEÓN ANCHUSTEGUI, titular de la cédula de identidad N° V- 17.388.892, como VICEMINISTRO DE COMERCIO del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 5°. Nombro al ciudadano JUN BAUTISTA ARIAS PALACIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.296.593, como VICEMINISTRO PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 6°. Los funcionarios designados en los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º del presente Decreto, ejercerán las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 7º. Delego en el Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, la juramentación de los referidos ciudadanos.
Artículo 8º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
La Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Primera Vicepresidenta del Consejo de Ministros, DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
El Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional y Vicepresidente Sectorial de Economía, TARECK EL AISSAMI
Decreto N° 3.473 19 de junio de 2018
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del Socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en los principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, en concordancia con los artículos 34, 46 y 69 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 4º, 18, 19 y el numeral 5 del artículo 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro al ciudadano JOSELIT RAMÍREZ CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° V- 17.664.322, como VICEMINISTRO DE DESARROLLO INDUSTRIAL del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 2°. Nombro al ciudadano PEDRO ROLANDO MALDONADO MARÍN, titular de la cédula de identidad N° V- 13.207.446, como VICEMINISTRO DE INDUSTRIAS BÁSICAS del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 3°. Nombro al ciudadano ANTONIO JOSÉ PÉREZ SUÁREZ, titular de la cédula de Identidad N° V- 12.389.887, como VICEMINISTRO DE INDUSTRIAS INTERMEDIAS Y LIGERAS del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 4°. Nombro al ciudadano XABIER FERNANDO LEÓN ANCHUSTEGUI, titular de la cédula de identidad N° V- 17.388.892, como VICEMINISTRO DE COMERCIO del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 5°. Nombro al ciudadano JUN BAUTISTA ARIAS PALACIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.296.593, como VICEMINISTRO PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES del Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional.
Artículo 6°. Los funcionarios designados en los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º del presente Decreto, ejercerán las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 7º. Delego en el Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, la juramentación de los referidos ciudadanos.
Artículo 8º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
La Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Primera Vicepresidenta del Consejo de Ministros, DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
El Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional y Vicepresidente Sectorial de Economía, TARECK EL AISSAMI
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