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Resolución mediante la cual se designa a César Alberto Salazar Coll, como Presidente (E) de la empresa Venezolana del Vidrio, C.A. (VENVIDRIO)

Resolución Nº 001 de fecha 19 de junio de 2018, mediante la cual se designa al ciudadano César Alberto Salazar Coll, como Presidente de la empresa Venezolana del Vidrio, C.A. (VENVIDRIO), en condición de Encargado, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.422 de esa misma fecha.



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE INDUSTRIAS Y PRODUCCIÓN NACIONAL
DESPACHO DEL MINISTRO

RESOLUCIÓN Nº 001


CARACAS, 19 DE JUNIO DE 2018
208º, 159º y 19º

El Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, TARECK EL AISSAMI, titular de la cédula de identidad V-12.354.211, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 65, 78 numerales 3, 4, 13, y 27, y el numeral 3 del artículo 120 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, concatenados con los artículos 5°, numeral 2; 19 y 21 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y en atención de los principios de máxima eficiencia y planificación para el avance efectivo de las políticas del Estado, decide dictar la siguiente;

RESOLUCIÓN Nº 001


Artículo 1. Designar al ciudadano CÉSAR ALBERTO SALAZAR COLL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.877.330, como Presidente de la empresa VENEZOLANA DEL VIDRIO, C.A. (VENVIDRIO), en condición de Encargado, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

Artículo 2. Designar al ciudadano CÉSAR ALBERTO SALAZAR COLL, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.877.330, como Presidente de la empresa VIDRIOS VENEZUELA, S.A. (VIVEN), en condición de Encargado, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.

Artículo 3. El prenombrado ciudadano ejercerá las atribuciones conferidas en las respectivas Actas Constitutiva y Estatutos Sociales de las referidas empresas, debiendo rendir cuenta de sus actos mensualmente al ciudadano Ministro.

Artículo 4. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Comuníquese y publíquese

Por el Ejecutivo Nacional,


TARECK EL AISSAMI
MINISTRO DEL PODER POPULAR DE INDUSTRIAS Y PRODUCCIÓN NACIONAL





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