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Tasa aplicable para el cálculo de los intereses moratorios correspondiente al mes de abril de 2022

Providencia Administrativa Nº SNAT/2022/000039 de fecha 1º de junio de 2022, mediante la cual se establece la tasa aplicable para el cálculo de los intereses moratorios correspondiente al mes de abril de 2022, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.403 de fecha 21 de junio de 2022..


 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA, FINANZAS Y COMERCIO EXTERIOR

SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT)

SNAT/2022/000039

Caracas, 01 de junio de 2022
Años 211°, 163° y 23°

El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, en ejercicio de las facultades previstas en los numerales 1 y 7 del artículo 4° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.211 Extraordinario, de fecha 30 de diciembre de 2015, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.507 Extraordinario, de fecha 29 de enero de 2020.

Dicta la siguiente

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL DE 2022


Artículo Único. La tasa de interés activa promedio ponderada de los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras con intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de ABRIL de 2022, es de 55,95%.

En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante el mes de abril de 2022, se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto dos (1.2) veces.

Comuníquese y Publíquese,

JOSÉ DAVID CABELLO RONDON
Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria





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