Providencia Administrativa Nº SNAT/2024/000068 de fecha 02 de julio de 2024, mediante la cual se establece la tasa aplicable para el cálculo de los Intereses Moratorios correspondiente al mes de marzo de 2024, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 42.946 de fecha 21 de agosto de 2024.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA, FINANZAS Y COMERCIO EXTERIOR
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT)
SNAT/2024/00068
Caracas, 02 de julio de 2024Años 213°, 164° y 24°
El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, en ejercicio de las facultades previstas en los numerales 1 y 7 del artículo 4° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.211 Extraordinario, de fecha 30 de diciembre de 2015, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.507 Extraordinario, de fecha 29 de enero de 2020.
Dicta la siguiente
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2024
Artículo Único. La tasa de interés activa promedio ponderada de los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras con intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de ABRIL de 2024, es de 58,98%.
En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante el mes de marzo de 2024, se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto dos (1.2) veces.
Comuníquese y Publíquese,
JOSÉ DAVID CABELLO RONDONSuperintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
☞Visualiza la versión original publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
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Dicta la siguiente
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Artículo Único. La tasa de interés activa promedio ponderada de los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras con intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de ABRIL de 2024, es de 58,98%.
En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante el mes de marzo de 2024, se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto dos (1.2) veces.
Comuníquese y Publíquese,
JOSÉ DAVID CABELLO RONDONSuperintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
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