Convocatoria de Subasta de Divisas N° CS-SO-001-17 de fecha 25 de mayo de 2017.
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
COMITÉ DE SUBASTAS DE DIVISAS
CONVOCATORIA
SUBASTA N° CS-SO-001-17
El Comité de Subastas de Divisas, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 7 del Convenio Cambiario N° 38 de fecha 19 de mayo de 2017, en concordancia con la Providencia Administrativa N° 001, de fecha 22 de mayo de 2017, que dicta las Normas Generales para las Subastas de Divisas a través del Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM), en el marco de la estrategia cambiaria diseñada y establecida en el referido Convenio Cambiario; hace del conocimiento del público en general la realización de una subasta ordinaria de divisas, en los términos y condiciones que se especifican a continuación:
FECHA DE LA SUBASTA: 30 de mayo de 2017.
FECHA Y HORA DE CIERRE DE LA SUBASTA: 26 de mayo de 2017 y 6:00 p. m.
BANDA: El rango de la banda móvil definida por el Directorio del Banco Central Venezuela en su sesión del 23 de mayo 2017 e informada al público en general, en su portal oficial, se encuentra en los siguientes límites:
Límite superior: Bs. 2.200,00 x USD 1,00
Límite inferior: Bs. 1.800,00 x USD 1,00
MÍNIMO DE POSTURA DE DEMANDA Y OFERTA:
Persona Natural USD 50,00
Persona Jurídica USD 1.000,00
FECHA DE ADJUDICACIÓN: 30 de mayo de 2017
FECHA VALOR (LIQUIDACIÓN): 1 de junio de 2017
REQUISITOS PARA PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
1. Registrarse en el sistema;
2. Suministrar información referente a:
a. Identificación;
b. Registro de Información Fiscal;
c. Domicilio y dirección;
d. Cualquier otra que sea requerida;
4. Poseer cuenta bancaria tanto en moneda nacional como extranjera en el sistema financiero nacional;
5. Estar solvente con las obligaciones fiscales y tributarias nacionales; y con la seguridad social.
Caracas, 25 de mayo de 2017
Es de resaltar lo previsto en el artículo 9 del Convenio cambiario N° 38 que reza: “Las personas naturales, podrán adquirir durante cada trimestre calendario un monto máximo de 500 USD y las personas jurídicas podrán adquirir mensualmente el equivalente al 30% del ingreso bruto promedio mensual actualizado declarado en el Impuesto Sobre La Renta en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior, hasta un monto máximo equivalente de 400.000 USD.”