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Providencia mediante la cual se declara Bien de Interés Cultural a la agrupación «Sonero Clásico del Caribe»

Providencia mediante la cual se declara Bien de Interés Cultural a la agrupación «Sonero Clásico del Caribe»

Providencia Administrativa Nº 006/17 de fecha 1° de marzo de 2009, mediante la cual se declara Bien de Interés Cultural a la agrupación «Sonero Clásico del Caribe», publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.180 de fecha 26 de junio de 2017.

 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA CULTURA

INSTITUTO DEL PATRIMONIO CULTURAL

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA N° 006/17

CARACAS, 01 DE MARZO DE 2017
AÑOS 206,° 158° Y 18°

El Presidente Encargado del INSTITUTO DEL PATRIMONIO CULTURAL, ciudadano OMAR VIELMA OSUNA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.887.907, designado mediante Resolución N° 039 de fecha 12 de agosto de 2013, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.229 de fecha 15 de agosto de 2013, actuando de conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 6 Ordinal 5, Artículo 10 Ordinales 1 y 2, Artículo 13 y Artículo 31 de la Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural; en consonancia con lo preceptuado en el Ordinal 2 del Artículo 11 del Reglamento Parcial N° 1 de dicha Ley;


CONSIDERANDO



Que los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable de. pueblo venezolano y que es un deber insoslayable del Estado fomentar y garantizar la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la Nación;

CONSIDERANDO

Que desde el año de 1976 en un concierto recital llevado a cabo en la Facultad de Arquitectura de la Universidad Central de Venezuela, una agrupación musical causó furor con la ejecución de las trompetas, el timbal, los bongó, el tres y la guitarra entre los presentes, al crear una sonoridad inconfundible caracterizada por ritmos tropicales con amplia influencia musical cubana;

CONSIDERANDO

Que esa popular y reveladora agrupación para 1977 se da conocer bajo el nombre de "SONERO CLÁSICO DEL CARIBE", iniciando un capítulo en la historia de la cultura caribeña, al impulsar tendencias, ritmos y sonidos del viejo Son cubano que gracias a su frescura y naturalidad pasaron a formar parte del acervo histórico cultural del Caribe;

CONSIDERANDO

Que el director y fundador del "SONERO CLÁSICO DEL CARIBE" Carlos Emilio Landaeta, promovió la transmisión de saberes dentro de la agrupación como medio de mantenerla viva, quien a su partida física queda a cargo del grupo musical su hijo, Pablo Emilio Landaeta, quien se encargó de preservar el valor musical heredado por su padre y conservar el origen y evolución del Son, donde el sonido de la campana, el tres, el bongó, las maracas y las claves entre otros instrumentos, terminan evocando el son montuno y el guaguancó al mejor estilo habanero;

CONSIDERANDO

Que la especial sencillez de la agrupación "SONERO CLÁSICO DEL CARIBE" para interpretar los tradicionales géneros musicales cubanos han desarrollado una personalidad tan propia, que imbuida de la sonoridad caraqueña, han logrado concebir el significado de la identidad cultural caribeña y venezolana en un sólo ritmo, siendo éste sin duda el secreto de su popularidad;

CONSIDERANDO

Que en sus 40 años de trayectoria la agrupación "SONERO CLÁSICO DEL CARIBE" ha realizado varias producciones discográficas han contado con gran aceptación del público, mencionando entre ellas: Sonero Clásico del Caribe (1977), Sonero Clásico del Caribe (1978), Se empató el Sonero (1979), Sonero Clásico del Caribe y canelita (1980), Sonero Clásico del Caribe (1981), Sonero Clásico del Caribe (1982), Sonero Clásico del Caribe Adentro (1983), Sonero Clásico del Caribe (1985), Sonero Clásico del Caribe Guay Viejo (1990), Homenaje a Pan con queso (1991), La Nueva Generación (2006).

DICTA

ARTÍCULO 1: Se declara BIEN DE INTERÉS CULTURAL a la agrupación "SONERO CLÁSICO DEL CARIBE", por su continua y gran trayectoria artística, la cual ha enaltecido la base del Son cubano, fusionado con la creatividad y el sabor de sus conocimientos y experiencias sobre la música tradicional venezolana a través del tiempo; siendo estandarte de la cultura en la República Bolivariana de Venezuela y, por tanto, formando parte del patrimonio cultural de la Nación.

ARTÍCULO 2: Queda bajo responsabilidad del Estado venezolano velar por la correcta y armónica preservación, conservación y puesta en uso social del objeto de tutela de la presente declaratoria, como medio para fortalecer la identidad nacional y para consolidar el proceso de descolonización del pensamiento impulsado por el máximo líder de la Revolución Bolivariana, Comandante Hugo Chávez.

ARTÍCULO 3: Queda prohibido el uso, registro y divulgación de las obras creadas por los integrantes de la agrupación "SONERO CLÁSICO DEL CARIBE", sin la debida autorización de sus integrantes y del Instituto del Patrimonio Cultural, con la intención de prevenir la ejecución de acciones que tergiversen en el tiempo la esencia de su música; siendo garantizadas así para el disfrute de futuras generaciones.

La protección sobre la creación de las obras y composiciones emanadas de la "SONERO CLÁSICO DEL CARIBE", ya no sólo queda reconocida en la presente declaratoria, sino que también representa el compromiso de establecer mecanismos legales e institucionales que le hagan permanecer en el tiempo, en su particularidad y reconociendo su derecho de autor y creación colectiva que le representa.

ARTÍCULO 4: Notifíquese de la presente Providencia al Poder Ejecutivo, al Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, al Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual, al Ministro del Poder Popular para la Cultura, a Gobernadores y Alcaldes de todo el país.

Comuníquese y Publíquese.


LCDO. OMAR VIELMA OSUNA
PRESIDENTE (E)
INSTITUTO DEL PATRIMONIO CULTURAL




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