Convocatoria Subasta N° CS-SO-001-18
El Comité de Subastas de Divisas, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 7 del Convenio Cambiario N° 39 de fecha 29 de enero de 2018, en concordancia con la Providencia Administrativa N° 001, de fecha 22 de mayo de 2017, que dicta las Normas Generales para las Subastas de Divisas a través de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (DICOM), en el marco de la estrategia cambiaria diseñada y establecida en el referido Convenio Cambiario; hace del conocimiento del público en general la realización de una subasta ordinaria de divisas, en los términos y condiciones que se especifican a continuación:
FECHA DE LA SUBASTA: 1 de febrero de 2018
FECHA Y HORA DE CIERRE DE LA SUBASTA: 31 de enero de 2018 y 4:00 p. m.
MÍNIMO DE POSTURA DE DEMANDA Y OFERTA:
Persona Natural EUR 50,00
Persona Jurídica EUR 1.000,00
FECHA Y HORA DE LA ADJUDICACIÓN: 1 de febrero de 2018 y 8:00 a. m.
Indispensable poseer los fondos disponibles; así como la comisión bancaria del 0,25 por ciento cuando se trate de postura de demanda de divisas para la fecha y hora indicada. En caso contrario, será rechazada la postura y suspendido para participar en el sistema de subasta por treinta días.
FECHA DE PUBLICACIÓN DE RESULTADOS: 5 de febrero de 2018
FECHA VALOR (LIQUIDACIÓN): 6 de febrero de 2018
REQUISITOS PARA PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS
1.- Registrarse en el sistema;
2.- Suministrar información referente a:
Identificación;
Registro de Información Fiscal;
Domicilio y dirección;
Cualquier otra que sea requerida;
3.- Realizar una Declaración jurada de proveniencia y destino de fondos, con base a los formularios suministrados por el sistema informático;
4.- Poseer cuenta bancaria tanto en moneda nacional como extranjera en el sistema financiero nacional;
5.- Estar solvente con las obligaciones fiscales y tributarias nacionales; y con la seguridad social.
Caracas, 30 de enero de 2018
Es de resaltar lo previsto en el artículo 9 del Convenio Cambiario N° 39 que reza: “Las personas naturales, podrán adquirir durante cada trimestre calendario un monto máximo de Cuatrocientos Veinte Euros (€420) o su equivalente en otra moneda extranjera y las personas jurídicas podrán adquirir mensualmente el equivalente al 30% del ingreso bruto promedio mensual actualizado declarado en el Impuesto Sobre La Renta en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior, hasta un monto máximo equivalente de Trescientos Cuarenta Mil Euros (€340.000) o su equivalente en otra moneda extranjera.”
La presente es una transcripción de su original. PandectasDigital no se hace responsable por cualquier discrepancia u omisión contenida en ella, ni por los daños o perjuicios que pudieran causarse por su uso, ni por su reproducción total o parcial.