Decreto Nº 3.472 de fecha 19 de junio de 2018, mediante el cual se nombra a la ciudadana Iliana Josefa Ruzza Terán, como Tesorera de la Tesorería de Criptoactivos de Venezuela, S.A., publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.422 de esa misma fecha.
Decreto N° 3.472 19 de junio de 2018
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la profundización de la revolución, en la búsqueda de la construcción del Socialismo, la refundación de la Patria Venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4°, 18, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y conforme a lo previsto en el artículo 4° del Decreto N° 3.353, mediante el cual se autoriza la creación de una Empresa del Estado, bajo la forma de Sociedad Anónima denominada TESORERÍA DE CRIPTOACTIVOS DE VENEZUELA, S.A.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro a la ciudadana ILIANA JOSEFA RUZZA TERÁN, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.310.920, como TESORERA de la TESORERÍA DE CRIPTOACTIVOS DE VENEZUELA, S.A., adscrita al Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2º. Delego en el Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, la juramentación de la referida ciudadana. Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
La Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Primera Vicepresidenta del Consejo de Ministros, DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
El Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional y Vicepresidente Sectorial de Economía, TARECK EL AISSAMI
☞Visualiza la versión original publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela
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Decreto Nº 3.472 de fecha 19 de junio de 2018, mediante el cual se nombra a la ciudadana Iliana Josefa Ruzza Terán, como Tesorera de la Tesorería de Criptoactivos de Venezuela, S.A., publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.422 de esa misma fecha.
Decreto N° 3.472 19 de junio de 2018
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la profundización de la revolución, en la búsqueda de la construcción del Socialismo, la refundación de la Patria Venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4°, 18, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y conforme a lo previsto en el artículo 4° del Decreto N° 3.353, mediante el cual se autoriza la creación de una Empresa del Estado, bajo la forma de Sociedad Anónima denominada TESORERÍA DE CRIPTOACTIVOS DE VENEZUELA, S.A.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro a la ciudadana ILIANA JOSEFA RUZZA TERÁN, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.310.920, como TESORERA de la TESORERÍA DE CRIPTOACTIVOS DE VENEZUELA, S.A., adscrita al Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2º. Delego en el Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, la juramentación de la referida ciudadana. Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
La Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Primera Vicepresidenta del Consejo de Ministros, DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
El Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional y Vicepresidente Sectorial de Economía, TARECK EL AISSAMI
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NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la profundización de la revolución, en la búsqueda de la construcción del Socialismo, la refundación de la Patria Venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4°, 18, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y conforme a lo previsto en el artículo 4° del Decreto N° 3.353, mediante el cual se autoriza la creación de una Empresa del Estado, bajo la forma de Sociedad Anónima denominada TESORERÍA DE CRIPTOACTIVOS DE VENEZUELA, S.A.
DECRETO
Artículo 1°. Nombro a la ciudadana ILIANA JOSEFA RUZZA TERÁN, titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.310.920, como TESORERA de la TESORERÍA DE CRIPTOACTIVOS DE VENEZUELA, S.A., adscrita al Ministerio del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, con las competencias inherentes al referido cargo, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2º. Delego en el Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, la juramentación de la referida ciudadana. Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
Refrendado
La Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Primera Vicepresidenta del Consejo de Ministros, DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
El Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional y Vicepresidente Sectorial de Economía, TARECK EL AISSAMI
Decreto N° 3.472 19 de junio de 2018
NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la profundización de la revolución, en la búsqueda de la construcción del Socialismo, la refundación de la Patria Venezolana, basado en principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del país y del colectivo, por mandato del pueblo de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 2 y 16 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 34 y 46 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 4°, 18, 19 y 20 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y conforme a lo previsto en el artículo 4° del Decreto N° 3.353, mediante el cual se autoriza la creación de una Empresa del Estado, bajo la forma de Sociedad Anónima denominada TESORERÍA DE CRIPTOACTIVOS DE VENEZUELA, S.A.
DECRETO
Artículo 2º. Delego en el Ministro del Poder Popular de Industrias y Producción Nacional, la juramentación de la referida ciudadana. Artículo 3º. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)
NICOLÁS MADURO MOROS
La Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Primera Vicepresidenta del Consejo de Ministros, DELCY ELOÍNA RODRÍGUEZ GÓMEZ
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