Providencia Administrativa Nº SNAT/2019/00070 de fecha 22 de marzo de 2019, mediante la cual se establece la Tasa Aplicable para el Cálculo de los Intereses Moratorios correspondientes al mes de enero de 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.635 de fecha 17 de mayo de 2019.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA Y FINANZAS
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA
Nº SNAT/2019/00070
Caracas, 22 de marzo de 2019.
AÑOS 208°, 160° y 20°
El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, en ejercicio de las facultades previstas en los numerales 1 y 7 del artículo 4º del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.211 Extraordinario, de fecha 30 de diciembre de 2015 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.152 Extraordinario, de fecha 18 de noviembre de 2014.
Dicta la siguiente:
Dicta la siguiente:
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA QUE ESTABLECE LA TASA APLICABLE PARA EL CÁLCULO DE LOS INTERESES MORATORIOS CORRESPONDIENTE AL MES DE ENERO DE 2019
Artículo Único. La tasa de interés activa promedio ponderado de los seis (6) principales bancos comerciales y universales del país con mayor volumen de depósitos, excluidas las carteras con intereses preferenciales, fijada por el Banco Central de Venezuela para el mes de ENERO de 2019, es de 23,96%.
En consecuencia, para el cálculo de los intereses moratorios causados durante el mes de Enero de 2019, se aplicará dicha tasa incrementada en uno punto dos (1.2) veces.
Comuníquese y publíquese,
JOSÉ DAVID CABELLO RONDÓN
Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
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