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Resolución Conjunta mediante la cual se concede el beneficio de la supresión de visado de no migrantes (turista), a las ciudadanas y ciudadanos del Estado de Kuwait

Resolución Conjunta Nº 015 y 054 de fecha 26 de febrero de 2024, mediante la cual se concede el beneficio de la supresión de visado de no migrantes (turista), hasta por un plazo de (90) días continuos, prorrogables por una sola vez y en igual término con el visado de la autoridad migratoria, a las ciudadanas y ciudadanos del Estado de Kuwait, titulares de pasaportes ordinarios, que deseen ingresar al territorio de la República Bolivariana de Venezuela con fines de recreo, salud o actividades que no involucren remuneración o lucro, ni denoten el ánimo de fijar domicilio permanente publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.830 de fecha 1º de marzo de 2024.




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